Por todos los Razonamientos Expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Se DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación de la Defensora Pública MILDRED GUERRA EDGEHILL, Representante del Otrora Adolescente OMISSIS, titular de la Cédula de Identidad N° V-23.382.323, Interpuesto contra la Decisión Dictada por el Tribunal de Juicio del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, en Fecha 26/10/2010, mediante la cual se Declaró Sin Lugar la Solicitud de Sobreseimiento Definitivo por Prescripción de la Acción Penal, en el Proceso que se le sigue al Ciudadano antes mencionado, por la presunta Comisión del Delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. SEGUNDO: Se CONFIRMA la Decisión Recurrida.