Así las cosas, conforme a las disposiciones transcritas, se evidencia que para realizar cualquier gestión inherente a la abogacía, se necesita poseer titulo de abogado, y los representantes legales de personas o de derechos ajenos, que no fueren abogados, no podrán comparecer en juicio a nombre de sus representados sin la asistencia de abogados en ejercicio, ello con la finalidad de que cualquier solicitud judicial tenga sustento jurídico.
La presente demanda fue intentada por el ciudadano AMIN SLEIMAN TEHIA DAKDUK, actuando en nombre y representación de su mandante el ciudadano AMIN YEHIA DAKDUK, sobre este particular la Sala de Casación Civil del máximo Tribunal en sentencias de fechas 27 de Julio de 1.994, en el expediente N° 92-249, de fecha 18 de Abril de 1.956, de fecha 14 de Agosto de 1.991, han señalado en forma reiterada que si una persona siendo apoderado, no es abogado, no puede ejercer en juicio la representación de su mandante, aun asistido de abogado, en.....