Vista la diligencia que antecede, suscrita por la Abogado en ejercicio ANAIS MARCANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 72.512, con el carácter de Endosataria en procuración de la parte demandante en el presente juicio, y cumplido como ha sido el convenimiento suscrito en fecha 24-05-05, en los mismos términos expuestos en la presente diligencia, éste Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dá por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Así se decide.- Asimismo se acuerda expedir copia Certificada de los folios 11, 12, 27 y 28 de la presente causa.-