este Tribunal previamente observa:
Que en fecha 21 de Junio del año 2011, comparece por ante este Tribunal el abogado en ejercicio ciudadano RICHARD JOSÉ ROJAS HERRADES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.729.774, Abogado en ejercicio, inscrito en el InpreAbogado bajo el N° 93.344, actuando con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano HENRY OSWALDO GIL BRITO, según poder Autenticado por ante la Notaría Pública de Pampatar Estado Nueva Esparta, de fecha 23-12-2.010 y presentó formal demanda de INTIMACIÓN AL PAGO contra la EMPRESA TIERRA DE GRACIA, MATENIMIENTO, C.A. y por auto de fecha 27 de Junio del 2.011, este Tribunal se abstuvo de Admitirla, por no cumplir con los requisitos exigidos en el artículo 340 del Código de Procedimiento Civil.
El Derecho de Acceso a los Órganos de Administración de Justicia, previsto en el Artículo 26 de la Constitución, se ejerce mediante la acción cuyo ejercicio se concreta en la proposición de la demanda y .....