Vista la diligencia que antecede suscrita por el Abogado en ejercicio JESÚS ALBERTO MARTÍNEZ NAVARRO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 33.415, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante ciudadana EUGENIO PITA POMBO, plenamente Identificado en autos, donde solicita a este Tribunal de conformidad en lo dispuesto en los artículo 527 de Código de Procedimiento Civil, se decrete la Ejecución forzada y se libre mandamiento de Ejecución, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por la Autoridad de la Ley, a los fines de proveer sobre lo solicitado declara Desistida la Apelación formulada que acordada en un solo efecto en fecha 31 de Octubre de 2016. Así se decide, y en consecuencia, por cuanto en auto de fecha 21 de Septiembre de 2.016, este Tribunal decretó la EJECUC.....