En consecuencia, éste Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Trabajo y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el CONVENIMIENTO de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se dá por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del presente expediente. Así se decide. Asimismo, se ordena remitir el presente expediente al Juzgado del Municipio Bermúdez de éste Circuito Judicial.-