Vista la diligencia suscrita por el abogado CARLOS MENESES, Inscrito en el InpreAbogado bajo los N° 44.874, actuando en su propio nombre y representación, donde solicita se dé por terminada la presente causa y se ordene el archivo del expediente, por cuanto recibió el pago correspondiente al monto de la obligación como lo suscribió en diligencia de fecha 29 de Abril de 2.014 y que corre inserta al folio 53 del referido expediente 15.739; En consecuencia, es por lo que éste Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el desistimiento suscrito, da por terminada la presente causa y en consecuencia ordena el archivo del expediente.- Así se decide.-