este Tribunal previamente observa:
Que por un error involuntario no imputable a las partes, este Tribunal en la Sentencia Interlocutoria de fecha 12 de Febrero del 2015, en la cual este Tribunal negó lo solicitado por la parte demanda por considerarlo improcedente, y en dicha Sentencia se observa que por un error involuntario no imputable a las parte, en el Parágrafo Segundo, se colocó incorrectamente <<... en fecha 05 de Febrero del 2015, comparece por ante este Tribunal el Abogado en ejercicio: LENIN ROBERTO CARMONA HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 92.617, en su carácter acreditado en autos, quien presenta escrito donde se opone ...>>, siendo lo correcto: <<... en fecha 09 de Febrero del 2015, comparece por ante este Tribunal el Abogado en ejercicio: LENIN ROBERTO CARMONA HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 92.617, en su carácter acreditado en autos, quien presenta escrito donde se opone ...>>.
Es tal sentido, este Juzgado de Primera Instancia.....