Vista la anterior diligencia suscrita en fecha 14-01-07, por el ciudadano JOSÉ JESÚS ALBORNETH, titular de la cédula de Identidad de la Cédula de Identidad N° 2.662.848, asistido del abogado en ejercicio JOSÉ LUÍS MEDINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.360, y en fecha 17-01-07, por el ciudadano MANUEL DEL JESÚS GARCÍA CARABALLO, titular de la Cédula de Identidad N° 2.665.028, asistido del abogado en ejercicio SALVADOR FARIÁS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.448, y visto igualmente el documento privado consignado, así como el contenido de la misma, en la cual convinieron dar por terminado el presente proceso, es por lo que este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley,.....