Siendo así, este Juzgado procede a fijar los límites de la controversia lo cual hace en los términos siguientes:
Hechos Admitidos:
1) Que en fecha 28 de Abril del año 2018, aproximadamente a las 11.a.m. en sentido Carúpano El Pilar, sector el Caro, Quebrada de Piedra, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, ocurrió una colisión entre dos Vehículos.
2) Que los Vehículos involucrados son: a) Pick-Up: marca Ford, Modelo F-100, año 1.995; color: Rojo; clase: Camioneta; Uso: Transporte; Serial de Carrocería: AJF10P83181, placas de identificación A73BS6A,según certificado de Registro de vehículo, expedido por Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura, signado con el N° 170104384138 de fecha 04-09-2017 conducido por su propietario ciudadano: JAIME ALEXANDER ROJAS RAMIREZ, Titular de la Cedula de Identidad Nº. 13.274.708 y b) Vehículo Marca Mitsubishi; Modelo Canter; Tipo Furgon; Clase: Camión; año: 2007; Serial de Carrocería: 8X1FE649E70500266; Color Blanco, Propiedad de la Empr.....