Es por lo que éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, homologa el presente convenimiento conforme al artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Notifíquese a las partes y publíquese, la presente decisión en el sitio Web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve así como en la pagina www.sucre.scc.org.ve.