En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente Convenimiento. En consecuencia, se ordena levantar la Medida de Preventiva de Embargó decretada por este Tribunal en fecha 25 de Febrero del 2005, y se ordena oficiar al Depositario Judicial, ciudadano: JUAN DE DIOS GÓMEZ, a fin de que haga entrega del vehículo: Marca: Toyota; Modelo: Starlet; Color Verde; Clase: automóvil; Tipo: Sedan; Año: 1998; Serial Motor: 2E3056181 y Serial Carrocería: EP00011457, previa la cancelación de los emonumentos respectivos. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.- Y así se decide.-