Así las cosas, observa esta Instancia que de los Instrumentos consignados se evidencia que las Letras marcadas "A", "B" y "C", fueron emitidas el día 22 de Enero del 2007, con vencimiento a la vista, y la marcada "D" tiene fecha de emisión 01 de Octubre del 2008, con vencimiento a la vista y la marcada "E" tiene fecha de emisión el 07 de Abril del 2009, con vencimiento a la vista, es decir Seis meses a partir de la fecha de su emisión, 22 de Julio del 2007 las Tres Primeras, 01 de Abril del 2009 la Cuarta y 7 de Octubre del 2009, para la última.
Ahora bien, la demanda fue recibida en este Juzgado el 23 de Junio del 2012, admitida el 25 de Junio del mismo año, de manera que el término de tres años para que se verificara la prescripción inicio a la fecha de vencimiento de las letras, es decir, el 22 de Julio del 2007 las Tres Primeras, el 01 de Abril del 2009, la Cuarta y el 7 de Octubre del 2009, para la última, quedando para las primeras cumplido el lapso de Prescripción (3 años.....