y visto igualmente el contenido de la misma, donde solicita a este Tribunal deje sin efecto la contestación a la demanda presentada por el abogado en ejercicio HECTOR VELASQUEZ MARQUEZ, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 38.141, quien actúa en ejercicio del poder de Apud-acta conferido por la ciudadana MARIBEL DEL VALLE DELGADO LEON, titular de la Cédula de Identidad N° 8.637.599, en fecha 09 de Febrero de 2.018, (folio 49), por considerar que no al conferir facultad para contestar la demanda en el presente juicio, esta carece de todo valor y siendo la oportunidad legal para decidir sobre lo solicitado previamente observa:
Respecto a la impugnación del Poder por la parte demandante ha sido desarrollada, por el Tribunal Supremo de Justicia, así la jurisprudencia ha establecido la posibilidad necesaria para el actor de cuestionar la representación de la demandada, en igualdad de circunstancias al actor que tiene a su disposición el ejercicio de las cu.....