Por los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, MARITIMO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, procediendo en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR LA OPOSICIÓN a la medida, propuesta por la abogada ELISA VASQUEZ VIZCAINO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.434.746, de este domicilio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 29.596 y de este domicilio actuando en su carácter de Apoderada Judicial de los ciudadanos ITALO SOLAR ZEREGA y DANIELE CLAUDINE DAYMA, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, titulares de las Cédulas de Identidad Números v-24.843.693 y v-24.843.694, respectivamente; SEGUNDO: En consecuencia se REVOCA LA MEDIDA CAUTELAR dictada por este tribunal el 29/09/2016 y que consistió en: MEDIDA CAUTELAR DE SECUESTRO SOBRE EL INMUEBLE, constituido po.....