En fuerza de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Marítimo y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR la ACCION MERO DECLARATIVA DE UNION CONCUBINARIA, ejercida por la ciudadana ELADIA DEL CARMEN ASTUDILLO, quien es venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V- 5.695.003; debidamente representada por el Abogado en ejercicio y de este domicilio CARLOS E. VELÁSQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 30.871; en contra del ciudadano PEDRO RAMON MARTÍNEZ LANDAETA, venezolano, mayor de edad, viudo, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V- 3.605.499; debidamente asistido por el Abogado en ejercicio CARLOS GUTIERREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 5.348.-
Se condena en costas a la parte perd.....