En consecuencia, declara PROCEDENTES las medidas cautelares solicitadas por la parte demandante, y en tal sentido, a los fines de asegurar lo que le pueda pertenecer a la demandante, como presuntos bienes de la comunidad conyugal, acerca de la relación de trabajo que presta o prestó el demandado, ciudadano CARLOS ALBERTO MACHADO GÓMEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-12.665.370, en la empresa SUPERMETANOL, C.A.; este Tribunal DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre el Cincuenta por ciento (50%) de las prestaciones sociales y demás pasivos laborales del ciudadano CARLOS ALBERTO MACHADO GÓMEZ, anteriormente identificado, causados en la empresa antes mencionada. En tal sentido, se ordena oficiar al Departamento de la Gerencia de Recursos Humanos de la empresa antes mencionada, a los fines de que se sirva retener el 50% de las prestaciones sociales y demás pasivos laborales, que le corresponden o le puedan corresponder al ciudadano CARLOS ALBERTO MAC.....