Parroquia Altagracia, Municipio Sucre, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio RAIZA YNSERNY B., venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 94.614, contra el ciudadano JESUS RAFAEL ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.704.743, debidamente asistido por el Abogado EDGAR EDUARDO CARAUCAN CARDOZO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 159.119; En consecuencia, a los efectos señalados en el artículo 507 del Código Civil y en el acatamiento de lo ordenado en el artículo 506 ejusdem; remítase junto con oficio copia fotostática debidamente certificadas de la Sentencia de la presente Sentencia de Divorcio por 2da y 3era Causal, al Registro Civil Municipal Del Municipio Sucre Del Estado Sucre, quien deberá insertarla en el libro de registro llevado por esa oficina, y al Registrador Principal, quienes harán las anotaciones marginales correspondientes y las archivaran en el legajo a que se refiere el artículo 460 del Código Civil. .....