Por todo lo antes expuesto, este Tribunal administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por la ciudadana ANA MARIA SANDO DE MEJIA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-2.928.761,en su carácter de GERENTE de la Sociedad Mercantil de este domicilio denominada COLEGIO SANTO ANGEL S.R.L., la cual se encuentra inscrita en al Oficina de Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre en fecha ocho (08) de agosto de mil novecientos setenta y siete (1977), bajo el N° 299, Tomo II, cuya última modificación de los Estatutos Sociales se encuentra inscrita en la aludida Oficina de registro Mercantil el día seis (06) de mayo de dos mil diez (2010), bajo el N° 29, Tomo 7-A RM424, carácter que consta en la señalada acta de asamblea que se acompañó en copia fotostática simple, marcada con la letra "A"; debida.....