resultando condenado en costas procesales la parte perdidosa, ciudadano MANUEL OLIVEIRA DOS SANTOS, plenamente identificado en autos; En consecuencia se condena al ciudadano MANUEL OLIVEIRA DOS SANTOS, plenamente identificado en autos, al pago de la suma de SETENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs.75.000,oo), por concepto de honorarios profesionales, debidos al abogado en ejercicio SANDY ROJAS FARIAS, plenamente identificado ut-supra...". En tal sentido, se decreta MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO, y para la práctica de la Ejecución de Sentencia decretada, se comisiona amplia y suficientemente al JUZGADO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS RIBERO Y ANDRES ELOY BLANCO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, y a tal efecto se ordena librar Despacho de Ejecución, mediante oficio, facultándolo para designar Depositario Judicial y Perito Avaluador, y tomarles el juramento de Ley respectivo.
MDLAA/MA.-