Tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia, en Nombre de La Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la demanda de REVISIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, solicitada por la ciudadana ARELIS GERALDINE BONILLO VILLARROEL, contra el ciudadano JESUS RAFAEL YANEZ YANEZ, anteriormente identificados.-
En los siguientes términos:
PRIMERO: El TREINTA POR CIENTO (30%), del monto de sus ingresos mensuales. Y ASÍ SE ESTABLECE.-
SEGUNDO: El TREINTA POR CIENTO (30%), de cualquier otro Ingreso que perciba el obligado cada año.-
TERCERO: El CINCUENTA POR CIENTO (50%), de consultas medicas y gastos de uniforme y útiles escolares.-