Por todo lo Antes expuesto este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la Medida de Protección en Colocación en Entidad de Atención intentada por el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Valdez del Estado Sucre, en beneficio de la adolescente Omisis, de conformidad con el Articulo 08, 26, 30, 53 y 396 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Asimismo Se acuerda dejar sin efecto el oficio N° 593 de fecha 13 de Abril del año en curso, dirigido al Equipo Multidisciplinario de este Juzgado.-