En atención a los razonamientos de hecho y de derecho expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, en su Sala de Juicio, bajo decisión del Juez Nº 1, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO formulada por los ciudadanos: LEWIS TORIBIO GÓMEZ MENDOZA y EVELYN COROMOTO DE LA ROSA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.499.164 y V-4.009.520 respectivamente, domiciliados el primero en la Avenida Panamericana, calle Colón, casa N° 20 y la segunda en la Urbanización Fe y alegría, sector 04,, vereda 03, casa N° 6, Cumaná, Estado Sucre, en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 184 del Código Civil, declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL existente entre éstos nacido de acta de matrimonio N° 95 de fecha tres (3.) de mayo del año mil novecientos n.....