este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, en su Sala de Juicio, bajo decisión del Juez Nº 1, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO formulada por Los ciudadanos: ANTONIO RAUL RODRIGUEZ CAMPOS Y NANCY COROMOTO REINALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 5.697.300 Y 8.433.457 respectivamente, en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 184 del Código Civil, declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL existente entre éstos nacido de acta de matrimonio Nº 76 de fecha DIECISIETE DE MARZO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES (1983) , por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Sucre del Estado Sucre, por lo que , una vez ejecutoriada la sentencia dictada, se acuerda oficiar lo conducente por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Suc.....