Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con la Convención sobre los Derechos del Niño en su artículo 1ero y la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en su articulo 2do, señalándose en ambos Instrumentos Jurídicos, que solo ampara a quienes son niños, niñas y adolescentes, por lo tanto la ciudadana Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ha alcanzado la mayoridad, lo cual se evidencia que sale de esta esfera de protección, en consecuencia se ordena el CIERRE DE LA CAUSA Y EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE