seguidamente el Tribunal en vista de que no existe impedimento alguno para la practica de la presente medida: declara Judicialmente Amparada la posesión del inmueble ya identificado a favor de la ciudadana Rosa Iselis Díaz, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nro. 3.892.692, cuya ubicación y linderos se encuentran plenamente identificados en la presente acta, con anterioridad.