Vencido el lapso concedido y no habiendo ningún tipo de impedimento para llevar a cabo la practica de la presente medida, el tribunal hace constar que el inmueble en regular estado de conservación y siendo las once y cinco minutos de la mañana (11:05 am) hace formal entrega del inmueble antes descrito objeto de la presente medida al ciudadano: Jose Jesús Caraballo Bastardo, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nro. 530.947, quien fue designado como Depositario Judicial del mismo por el Tribunal de la causa; y el cual, estando presente expone: Recibo conforma el inmueble donde el Tribunal donde el tribunal se encuentra constituido, objeto de la presente medida, en el estado en que el mismo se encuentra y procederé a sustituir la cerraduras y llaves de este.-