vencido como fue el lapso concedido y no habiendo impedimento para dar inicio al presente acto, y en vista de que el demandado desocupó el inmueble de los bienes que se encontraban dentro del mismo; el Tribunal procede a Declarar Judicialmente Secuestrado el inmueble antes identificado y hace entrega del mismo libre de personas y de bienes a la parte actora, ciudadano: Candido Eligio Echeverría