El Tribunal Declara Judicialmente Secuestrado el inmueble objeto de la presente medida cuya ubicación, medidas y linderos fueron anteriormente señalados; así mismo designa como Depositario Judicial del inmueble al ciudadano: Pedro Julián Cedeño, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.674.120, quien estando presente aceptó el cargo, presto el Juramento de Ley.- En cuanto al Pedimento de la Parte Actora, el Tribunal acuerda dejar a la parte demandada, antes identificada, ocupando el inmueble hasta que se cumpla la Subasta pública, o las demás condiciones expuestas por el Apoderado de la parte Actora.-