El Tribunal visto lo señalado por al parte actora declara judicial y preventivamente embargados los bienes muebles anteriormente descritos, designando para el avaluo de los mismos al ciudadano: Victor Julio Jiménez González, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nª 4.300.726, quien estando presente acepta el cargo, presta juramento de Ley y expone: Los bienes embargados se encuentran en buen estado de conservación y mantenimiento razòn por la cual les asigno u avalùo aproximado de cinco Mil Bolívares (Bs.5.000.oo) es todo.