En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos ROSA AUDELINA MEDINA y GUSTAVO AGUSTIN SALDIVIA PATIÑO, venezolanos, mayores de edad, Cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad N° V- 5.861.237 y V- 9.953.411, respectivamente, y de este domicilio, asistidos por el abogado en ejercicio ciudadano: JOSE GREGORIO UGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.018, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Prefectura Civil del Municipio Benítez, del Estado Sucre, en fecha Once (11) de Enero del año 1.989.-
Definitivamente firme como haya quedado el fallo dictado, remítase bajo oficio, copia certificada de la .....