En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ, DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: VICTOR JOSÉ LEIVA RODRÍGUEZ y SAIDE MARIELIS BRAVO AGUILERA, venezolanos, mayores de edad, casados entre si, el primero de profesión chofer, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V- 6.953.559 y V- 6.952.323, respectivamente, domiciliado el primero de los nombrados en la Urbanización Guayacán de las flores, Sector las esquinas, primera calle 5 (sic) numero 23, de la ciudad de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre y la segunda en la urbanización San Rafael Arcángel, Sector Las casitas, calle Numero 22, cada N° 09, de la ciudad de Carúpano Municipio Bermúdez del Estado Sucre, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio ANTONIO JOSE BER.....