En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos LOURDES DEL VALLE LOPEZ y FLORENTINO ANTONIO CARRERA venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre si, titulares de las cédulas de identidad números Nros. V-2.665.675 y V-2.665.500, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada Gertrudis Marcano, inscrita en el Inpreabogado con el N° 41.982 y de este domicilio, quedando en consecuencia DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que los unía y que contrajeran por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Santa Catalina Municipio Bermúdez del estado Sucre en fecha ; 05 de Marzo de 1974.-
Definitivamente firme como haya quedado el fallo dictado, remítase bajo oficio, copia certi.....