En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: SECUNDINO ROBERTO MALAVE MARCANO y SANTA FRANCISCA MILLÁN, titulares de la cédula de Identidad N°: V- 3.135.028 y V- 3.946.625, respectivamente, y de este domicilio, asistidos por el abogado en ejercicio ciudadano: RAINER ROJAS ARCIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 167.610, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Prefectura Civil del Municipio Benítez, del Estado Sucre, el día 14 de Septiembre del año 1.967.-
Definitivamente firme como haya quedado el fallo dictado, remítase bajo oficio, copia certificada de la presente decisión, con inserción del auto de ejec.....