Por todos los razonamientos legales antes expuestos y de conformidad con las disposiciones legales antes citadas, este Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara el presente proceso como Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada.- Y así se decide.-
En consecuencia, se condena a la parte demandada ciudadano: DIOGENES CEDEÑO, a cancelar las siguientes cantidades de dinero PRIMERO: La cantidad de UN MILLON SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.600.000,00) monto de la deuda.- SEGUNDO: La cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,00), por Intereses devengados por el referido instrumento cambiario, a razón del uno por ciento (1%) mensual, los intereses que siguieren devengando el capital principal hasta la definitiva cancelación del valor de la Letra de Cambio.- TERCERO: La cantidad de CUATROCIENTOS VEINTICINCO MIL BOLIVARES (Bs. 4.....