En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos JANETH DEL VALLE NORIEGA FIGUEROA y LUIS BELTRAN VELASQUEZ HERRERA, venezolanos, mayores de edad, Cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad N° V- 12.663.537 y V- 6.767.935, respectivamente, y de este domicilio, asistidos por el abogado en ejercicio MIGUEL ANGEL CORDERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 44.428 y de este domicilio, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Prefectura de la Parroquia Aricagua del Municipio Montes del Estado Sucre, en fecha Diecinueve (19) de Abril del año Dos Mil Tres (2.003).-
Definitivamente firme como haya quedado .....