Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara Sin Lugar, la demanda incoada por los abogados JACOBO RODRIGUEZ GUILARTE; JESUS REAL MAYZ y VICTOR DIAZ ORTIZ, actuando en sus carácter como apoderado judicial de la Sociedad de Comercio "AUTO CAMIONES REAL, C.A.", contra la ciudadana YANET ROJAS, asistida de los abogados CARLOS ENRIQUE MENESES CARABALLO y SAMARIS CAROLINA BERMÙDEZ FIGUERA y Sin Lugar la Reconvención Propuesta por la parte demandada. Ambas partes identificadas en autos.
En consecuencia se ordena la entrega del vehiculo, antes descrito a la ciudadana YANET ROJAS.
Se condena en costas a la parte demanda, por resultar totalmente vencida en la presente causa, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de procedimiento Civil.-