Por todo lo ante expuesto este Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda de Desalojo incoada por el ciudadano ANGEL GONZALO LOPEZ MACHADO, asistido por el abogado MANUEL MILANO AGREDA, contra la ciudadana ROSA JOSEFINA MATA LOPEZ DE GONZALEZ, asistida por el abogado PEDRO DEL VALLE MOSQUEDA. Ambas partes identificadas en autos.
En consecuencia se condena la ciudadana ROSA JOSEFINA MATA LOPEZ DE GONZALEZ, a desalojar el inmueble ubicado en la calle Libertad N° 104, Parroquia Santa Catalina, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre.-
Se condena en costas a la parte demandada, por resultar totalmente vencida en la presente causa, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-