En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ, DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: JOSÉ ASCENSIÓN BRIZUELA e IRAIDA JOSEFINA SÁNCHEZ, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V- 2.216.337 y V- 4.952.094, respectivamente, y de este domicilio, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio JAIME RODRÍGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 46.207 y de este domicilio, quedando en consecuencia DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Prefectura del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en fecha: 13 de Diciembre del año 2004.-
Definitivamente firme como haya quedado el fallo dictado, remítase bajo oficio, Copia Certificada de la presente decisión, con ins.....