Por los razonamientos que anteceden este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley con fundamento en el artículo 770 del Código de Procedimiento Civil declara CON LUGAR la solicitud formulada por la ciudadana YURAIMA DEL VALLE LA ROSA MARTINEZ, identificada en autos, y ordena la inserción de la Partida de Nacimiento de su hijo, ciudadano JOSE MANUEL SALCEDO LA ROSA, en los Libros de Registro Civil de nacimientos llevados por el Registro Civil del Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, en el presente año; en la que se indique correctamente la fecha de nacimiento del ciudadano, JOSE MANUEL SALCEDO LA ROSA. Por último se aprecia que esta sentencia agota la jurisdicción porque la pretensión quedó satisfecha con la decisión dictada, aun cuando sea indispensable cumplir los requisitos de carácter administrativo a objeto de que la situación jurídica produzca sus efectos jurídicos, de conformidad con lo establecido en el artíc.....