Este Tribunal DECRETA SU EJECUCION y fija un lapso de ocho (8) días hábiles, a partir de la Notificación del presente Decreto, para que la Alcaldía del Municipio Andrés Mata, cumpla voluntariamente con el mandato de la sentencia. Se ordena librar Boleta de Notificación a la parte Accionada. Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Andrés Mata del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En San José de Areocuar a los veintiocho días del mes de junio de dos mil seis.