En consecuencia, este Juzgado del Municipio Andrés Mata, Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el Convenimiento, suscrito entre los ciudadanos JALEXYS JOSEFINA SALAZAR DE ROSAL y JOSÉ DE LA CRUZ ROSAL, suficientemente identificados, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Da carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del Expediente en la sede de este Juzgado. Dado, firmado
y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Andrés Mata, Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.- En San José de Areocuar, a los tres días del mes de mayo de dos mil seis.-