Por lo tanto, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR la oposición interpuesta por la sociedad mercantil RAYET, C.A., a la medida preventiva de embargo de la cuenta corriente N° 0104-0147-05-0147005059, practicada el día seis (6) de octubre de dos mil nueve (2009), por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, Cruz Salmerón Acosta y Montes del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.