Por cuanto, está plenamente probado en autos, que en la presente causa operó la perención de la instancia, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA de la demanda intentada por WIDILFRED DAVID TRUJILLO SALAZAR contra JESÚS JIMÉNEZ, por el DESALOJO DEL INMUEBLE constituido por un apartamento signado con el No 11 del edificio 505, ubicado en la urbanización Gran Mariscal de Ayacucho, edificio 505, Cumaná, en jurisdicción de la Parroquia Valentín Valiente, Municipio Sucre del Estado Sucre.