Por cuanto, está plenamente probado en autos, que en la presente causa operó la perención de la instancia, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la demanda intentada por OLGA JOSEFINA GÓMEZ contra CARLOS LORENZO ANCHETA ARCIA, por EL DESALOJO del inmueble constituido por el local comercial, ubicado en la calle Principal de la población de Santa Fe, local comercial N° 01, Municipio Sucre del Estado Sucre.