Este Tribunal de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR las cuestiones previas opuestas por la ciudadana ROSALBA DEL VALLE ORTIZ RENGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.272.502 y de este domicilio, en su carácter de representante legal de BARBARA’S PUBLICIDAD C.A, parte accionada en el presente juicio.