DECISIÓN
En atención a las consideraciones antes expuestas, atendiendo a los hechos particulares del caso de autos y al derecho aplicable, este Juzgado de los Municipios Bolívar y Mejía del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre,
administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por fijación de obligación Alimentaria, intentara la ciudadana SELENIA DEL CARMEN SALAZAR BASTARDO en su condición de representante de la mencionada hija, contra el ciudadano BENJAMIN SALAZAR LONGART, a quien se le fija una obligación Alimentaria del VEINTE POR CIENTO (20%) del sueldo mínimo mensual vigente, siendo actualmente la cantidad de CUATROCIENTOS CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 405.000,oo).------------
Dado que la obligación Alimentaria comprende una asistencia integral es decir que en ella deben estar contempladas la cobertura de las necesidades materiales y no deben escapar las afectiv.....