De la norma antes transcrita y por cuanto observa este Juzgador, que el ciudadano: VICENTE RAFAEL BELLO, anteriormente identificado, en su carácter de Vicepresidente de la firma Mercantil "El Bodegón de Nacha, C.A"., está plenamente facultado para Convenir en el presente procedimiento, facultad que le está conferida en la Cláusula Séptima del Acta Constitutiva y Estatutos que rigen a la firma Mercantil "El Bodegón de Nacha, C.A.".-
De lo expuesto por la parte actora en el presente proceso, mediante diligencia de fecha Cuatro (4) de Noviembre del año en curso, cursante al folio N°. 31 del presente expediente no siendo ello contrario a derecho, y atendiendo a lo establecido en la norma antes transcrita es por lo que este Juzgado de los municipios Bolívar y Mejía del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, con sede en Marigüitar, municipio Bolívar del estado Sucre, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por .....