Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción en los mismos términos y condiciones expuestos por las partes, ciudadanos: ALMEDIS CATALINA MARCANO DE MARCANO y JOSE LUIS ROSAL GRANADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-3.942.229 y V-10.219.445, respectivamente; celebrada en el Juicio de RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Y DAÑOS Y PERJUICIOS llevado por ante este Tribunal en expediente signado con el No. 12-150 y de conformidad con lo previsto en el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, la declara como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Publíquese, Regístrese, Diarícese la presente Decisión, déjese Copia Certificada.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito Judicial del Es.....