este Tribunal Segundo de Control de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley resuelve. PRIMERO: decreta la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES respecto al delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD. SEGUNDO: acuerda la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del adolescente OMISSIS;, por estar presuntamente incurso en al comisión del delito de HOMICIDIO, en perjuicio del ciudadano OMISSIS;, de fecha 15-06-2013, así como además el delito de HOMICIDIO, en perjuicio de OMISSIS; Y OMISSIS; así como la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, en perjuicio de OMISSIS;, de fecha 09-12-2013, a fin de asegurar su comparencia a la audiencia preliminar, de conformidad con lo establecido en el artículo 559 en relación con el articuló 628 ambos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes. TERCERO: se ordena la realización de las eva.....